LIBRO DE REGISTRO DE RESIDUOS PELIGROSOS (PRODUCTORES).


Nuestra empresa le ayuda a rellenar el libro de registro de residuos peligrosos y a gestionar todos los residuos generados.

Las empresas productoras de residuos peligrosos deberán llevar un libro de registros que será como el que sigue.

CAPÍTULO II, Sección Segunda, artículos 16.1 y 17 del Real Decreto 833/1988.

Nombre de la empresa  / C.I.F.

 

 

Domicilio:

 

C.P.: / Población:

 

 

Teléfono /Fax / E-mail:

 

 

 

Actvidad:  /  C.N.A.E.

 

 

Representante de la empresa:

 

D.N.I.  / Cargo

 

 

Denominación

Cantidad unidad
(1)

Origen
(2)

Naturaleza
 (3)

Código (Anexo I RD 833/98 y 952/97)

LER

Pretratamiento
(4)

Almacenamiento
- Fechas - (5)

Tratamiento y/o eliminación (6)

Recogida
 (7)

Residuos Importados (8)

Otros Datos

P/I

Proceso

Fecha

Descripción

Inicio

Fin

Cesión

Fecha

Descripción

Frecuencia

Transporte

Fecha

Nº Part. Arancel.

D.C.S. (9)

Gestor
(9)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


n

Indicar cuál es la unidad de medida son m3, Kg, Tn....

Señalar si es de generación propia (P) o de importación (I). Si es de generación propia, identificar el proceso o subproceso donde se genera el residuo.

Datos más relevantes de su naturaleza física y/o características del residuo

A rellenar en el caso de que se den pretratamientos del residuo

En el almacenamiento, la fecha de cesión es el cambio de titularidad, habitualmente coincide con la fecha fin de almacenamiento

Se refiere los casos de productores autorizados a realizar operaciones de gestión in situ

Frecuencia de recogida y medio de transporte utilizado en la misma

Si el origen del residuo es la importación, aportar los datos de la fecha y nº de partida arancelaria de la misma

Indicar el gestor destinatario y el número del Documento de Control y Seguimiento del envío.

Art. 16. Registro:

1. El productor de residuos tóxicos y peligrosos está obligado a llevar un registro en el que conste la cantidad, naturaleza, identificación según el anexo 1. origen, metodos y lugares de tratamiento, así como las fechas de generación y cesión de tales residuos.

2. Asimismo debe registrar y conservare los documentos de aceptación de los residuos en las instalacion3es de tratamiento o eliminación a que se refiere el articulo 34. del presente Reglamento durante un tiempo no inferior a cinco años.

3. Durante el mismo peroodo debe conservar los ejemplares del documento de control y seguimiento del origen y destino de los residuos a que se refiere el articulo 35 del presente Reglamento.

-----------------------------------------

Respecto al Registro de Residuos Peligrosos que debe de llevar toda actividad generadora de RP´s:

1. Los diferentes campos a registrar estan listados en el articulo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, modificado por el Real Decreto 952/1997. de 20 de junio, así como citados en el articulo 16.1; estos campos son:

- "Origen" de los residuos, "cantidad", "naturaleza" y "código de identificación" de los mismos.

- Fechas de "inicio" y de "fin" del almacenamiento temporal, y "cesión" de los mismos (ésta última puede coincidir con la de fin de almacenamiento).

- Si se dan pretratamientos, tratamientos y/o eliminación (las últimas requieren autorización de autogestión) "fecha y descripción de dichas operaciones".

- Si son residuos importados " fecha y número de partida arancelaria".

- "Frecuencia de recogida" y "medio de transporte" (añadido por la modificación del Real Decreto 952/1997, de 20 de junio).

- "Gestor Destinatario" y "NºD.C.S." (a fin de contemplar la información sobre " m´todos y lugares de tratamiento", tal y como dicta el art. 16.1).

2. No se limita la forma en que se deben de contemplar dichos datos, ni mucho menos se establece en el citado articulo el formato ni otras condiciones del Libro de Registro (impreso, en soporte informático....).

Pueden recogerse dichos datos de diversas formas, por ejemplo: con anotaciones en cada partida que se gestione; o bien recogiendo en la cabecera de cada hoja de control aquellos datos que no varíen en cada envio, o bien recogiendo estos datos en una tabla con el código de referencia para cada residuo, u otro medio que haga más fácil su explotación. En todo caso lo que es necesario es que aparezcan los datos, que procedan, indicados en el citado articulo.

Dirección

Avda de Marsil 45, Las Rozas 28290 (Madrid)

Travesía Santiago Cordero, 28029 (Madrid)

Calle Puerta de Abajo Nº 3 Alpedrete 28430 (Madrid)

Teléfono

Tlf: 91 857 12 53

Mvl: 658 04 02 00

La empresa P.O.R.T S.L (Acicla) esta inscrita en el Registro de Transportistas de Residuos Peligrosos y no Peligrosos de la Comunidad de Madrid con el número Nº13T01A1900008223G-13T02A1800007934N

© Acicla 2014