P.O.R.T
S. L.
C.I.F: B84403708 |
Gestión Medioambiental |
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CARTA DE PORTE PARA EL TRANSPORTE EN BULTOS | ||
DESIGNACIÓN, ETIQUETA/S, GRUPO DE EMBALAJE. | NÚMERO Y DESCRIPCIÓN | CANTIDAD Y TOTAL |
UN 1202 GASOLEO, 3 III | 3 BIDONES | 1200 LITROS |
UN 1993 LÍQUIDO INFLAMABLE, NEP(DISOLVENTE), 3, II | 12 CUÑETES | 600 LITROS |
EXPEDIDOR NOMBRE: Fulanito de tal SL DIRECCIÓN: Avenida de tal Las Rozas Madrid |
DESTINATARIO NOMBRE: Fulanito de cual SL DIRECCIÓN: Avenida de tal Las Rozas Madrid |
Documentos relativos a la carga:
CARTA DE PORTE
Toda operación de transporte de mercancías peligrosas deberá
ir acompañada de una Carta de porte, en ella se consignarán al
menos los siguientes datos:
1/ Numero ONU precedido de las letras "UN". Ej. UN 1993
2/ Designación oficial del trasporte, completada, en su caso con la denominación
técnica entre paréntesis (para materias genéricas o NEP). Ej. Líquido inflamable, NEP (Disolvente)
3/ Para materias y objetos de la clase 1: el código de clasificación.
Si se indican números de modelos de etiquetas que no sean los modelos
1, 1.4, 1.5 o 1.6, estos números de modelos de etiquetas deben indicarse
entre paréntesis detrás del código de clasificación.
Para materias y objetos de otras clases: los números de modelos de etiquetas
que se indican. En el caso de que haya varios números de modelos, los
números que siguen al primero se deben indicar entre paréntesis.
Para materias y objetos que no tienen indicado ningún modelo de etiqueta,
hay que indicar en su lugar la clase. Ej. 3
4/ En su caso el grupo de embalaje atribuido a cada materia: I, II, III
5/ El número y descripción de los bultos cuando sea aplicable. Ej. 3 Bidones.
6/ La cantidad total de cada mercancía peligrosa, expresada en volumen
o masa bruta o neta según el caso. Ej. 600 litros
7/ El nombre y dirección del expedidor o expedidores.
8/ El nombre y dirección del destinatario o destinatarios.
9/ En los caso de que sea asigne código de restricción en túneles,
en mayúsculas dentro del paréntesis.
Los puntos 1, 2, 3, 4, y 9 deberán aparecer en el orden enumerado anterior mente y sin información intercalada, el emplazamiento de los demás elementos se podrá elegir libremente.
Si se transportan residuos el número ONU y la designación oficial del transporte deberán ir precedidos de la palabra "RESIDUO[S]" a menos que el termino forme ya parte de la designación oficial de transporte.
Para el transporte de mercancías peligrosas embaladas en cantidades
embaladas en cantidades limitadas, no se requiere ninguna indicación
en la carta de porte, si es que existe.
Cuando las mercancías peligrosas sean transportadas en un embalaje de
socorro, en la carta de porte deberán añadirse después
de la descripción de las mercancías las palabras "EMBALAJE
DE SOCORRO".
En los casos de recogida de envases o embalajes vacíos sin limpiar, (recogida de residuos), cuando estos sean devueltos en un sistema de distribución, no será obligatorio indicar en los documentos de transporte los datos referentes al expedidor.
Novedad en el ADR 2009 para . Cartas de porte en vacío. Cuando los medios de retención vacíos sin limpiar, que contengan restos de mercancías peligrosas distintas de las de la clase 7, se devuelvan al expedidor, podrán ser igualmente utilizados los documentos de transporte preparados para el transporte de estas mercancías en los medios de retención en los que han sido utillizados en origen. En este caso, la indicación de la cantidad debe ser suprimida (borrándola, tachandola o por cualquier otro medio) y reemplazandolo por las palabras"Retorno en vacío, SIN LIMPIAR".
Novedad en el ADR 2009. Cuando se vaya a realizar un recorrido que pase por un túnel con restricciones, deberá indicarse en la carta de porte el código de paso por túneles (en mayúsculas) que corresponda a la mercancía peligrosa a transportar.
Novedad en el ADR 2009. Cuando se realiza un transporte acogido a la exención relacionada con la cantidad transportada por unidad de transporte (1.1.3.6) en la carta de porte debe figurar: las cantidades por categoría de transporte y la frase "Transporte que no excede de los límites prescritos en 1.1.3.6". Dado que existe la obligación de informar de las cantidades por cateroría de transporte, que es suficiente para conocer si el transporte puede acogerse a la exención, la obligación de insertar la frase desaparece.
En la Orden del Ministerio de Fomento 238/2003 de 31 de Enero sobre control
de transporte público especifica que a partir de Julio de 2003 existe
la obligación para el transportista, cargador u operador de transporte
de conservar las cartas de porte durante un plazo de un año.
Las cartas de porte hay que guardarlas durante un año pero no
tienen que llevar fecha y puedes guardarlas en formato informático.
La denominación ADR en la tabla A es solo lo que pone en Mayun¡sculas en la columna 2 no tengo que poner nada más en una carta de porte por ejemplo.
En esta página de fomento viene un cuadro con el equipamiento para las distintos tipos de materías peligrosas a parte vienen otras informaciones del ADR
www.fomento.es/nr/rdonlyres/10a4e82b-6dc7-451b.../avanceadr2009.pdf